26/10/12, 14:11
Fitosanitarios permitidos en post-cosecha de girasol
Un repaso sobre las alternativas para el control de insectos postcosecha, en granos de girasol, con “destino aceite crudo” para la Unión Europea.
El Reglamento (CE) 396/2005 que rige en la Unión Europea busca establecer un alto nivel de protección al consumidor. Entre otros aspectos, regula los productos fitosanitarios autorizados y establece disposiciones armonizadas sobre sus límites máximos de residuos en los alimentos y piensos. Frecuentemente, esta normativa constituye un impedimento para concretar operaciones comerciales entre Argentina y la Unión Europea.
Este obstáculo se observa en el comercio de aceite de girasol. Para muchos de los productos fitosanitarios aplicados post-cosecha en granos de girasol, se ha establecido un Límite Máximo de Residuos (LMR) más alto en Argentina que en la UE. Esto genera que, en muchos casos, el aceite crudo producido en Argentina tenga un valor de residuos de plaguicidas más elevado que el permitido y por lo tanto, se rechace su entrada a la UE.
En consecuencia, es necesario encontrar una alternativa de control compatible entre las normativas nacionales y la UE, además de recomendar su discusión a nivel gubernamental, con el objetivo de superar esta barrera para-arancelaria.
Análisis de las alternativas
Actualmente, en Argentina se encuentran aprobados los siguientes plaguicidas para el control post-cosecha en girasol:
- Para la aplicación en girasol (semilla consumo):
|
Principio Activo |
Aptitud |
Residuos |
|
FOSFINA/FOSFUROS METALICOS |
Acaricida - |
0.1 |
|
MERCAPTOTION/ MALATION |
Acaricida - Insecticida |
8 |
|
PERMETRINA |
Insecticida |
1 |
- Para la aplicación en granos almacenados en general:
|
Principio Activo |
Aptitud |
Residuos |
|
DELTAMETRINA/ DECAMETRINA |
Insecticida |
1 |
|
DICLORVOS/DDVP |
Acaricida - Insecticida |
5 |
|
FOSFINA/FOSFUROS |
Acaricida - |
0.1 |
Considerando el reglamento (CE) 396/2005, del listado de productos aprobados en Argentina, solo Fosfina / Fosfuros metálicos y Deltametrina / Decametrina se encuentran actualmente autorizados en la UE, con los siguientes LMR establecidos:
|
Principio Activo |
Residuos |
|
DELTAMETRINA/ DECAMETRINA |
0.05 |
|
FOSFINA/FOSFUROS |
0.1 |
Por lo tanto, tales productos representan las únicas alternativas posibles para realizar un control de insectos post-cosecha en granos que se destinen a la obtención de aceites crudos para exportar a la UE.
En el caso de Deltametrina/Decametrina, se observa una gran diferencia (20 veces) entre los LMR establecidos en Argentina y en la UE (1 ppm vs 0.05 ppm). Dadas las condiciones de aplicación que se observan actualmente para este producto, se considera de difícil cumplimiento que el aceite obtenido tenga un valor de residuos igual o menor al establecido por la Comunidad Económica Europea.
Por el contrario, el límite establecido por la UE para Fosfina/Fosfuros metálicos coincide con el fijado en Argentina (0.1 mg/Kg en ambos cases). Por tal motivo, es factible su utilización alcanzando los límites de residuos autorizados.
En concordancia con esta afirmación, las companías comercializadoras de semillas oleaginosas y el Consejo de Producto de Margarina, Grasas y Aceite de los Países Bajos recomiendan utilizar fosfina durante el almacenamiento de girasol, por ser éste un pesticida de bajo nivel de residuos.
La fosfina es un gas generado por la hidrólisis de productos metálicos, con gran poder de volteo, penetración (dependiendo de las dosis y el tiempo de exposición, puede matar hasta el huevo depositado dentro del grano). No es residual, es decir, su acción desaparece al ventilar el ámbito de fumigación y requiere instalaciones apropiadas o acondicionadas para su uso.
Por lo expuesto, recomendamos que el producto Fosfina/Fosfuros metálicos sea el utilizado para el control de insectos en grano de girasol con destino a la industria aceitera, respetando las buenas prácticas agrícolas y todas las recomendaciones de la etiqueta.
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