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3/3/22 00:00

Receta Agronómica: el guardaespaldas de las aplicaciones seguras y responsables

Todo lo que necesitás saber sobre la Receta de Aplicación de Fitosanitarios, aliada que garantiza respaldo legal y trazabilidad a tus aplicaciones.

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Foto: La Receta de Aplicación de Fitosanitarios es un documento legal emitido por un profesional matriculado que habilita a un productor a utilizar un fitosanitario. En ella deben figurar los datos de ambas partes, posicionamiento del lote, cultivo a tratar, principio activo y dosis e indicaciones específicas para la aplicación.
 

 

Las Buenas Prácticas Agrícolas están asociadas en gran parte a la gestión responsable de fitosanitarios. Esto incluye el manejo y uso desde su desarrollo y ciclo comercial hasta el diagnóstico y la prescripción profesional, su aplicación en el campo y por último el tratamiento final de los envases plásticos luego de su uso.

Existen tres tipos de recetas agronómicas que deben ser elaboradas por un profesional matriculado, previo diagnóstico de la plaga a controlar. Éstas son la receta agronómica de adquisición (o compra), para que el productor adquiera el producto fitosanitario; de expendio (o venta), que realiza el distribuidor al momento de vender los productos; y de aplicación (o uso), necesaria para que el productor pueda usarlos en el lote.

 

Con motivo de profundizar en la situación de la Receta de Aplicación de Fitosanitarios en Argentina, Gabriel Marzialetti, socio de la Regional Guaminí-Carhué y Subdirector Adjunto de la Red de Manejo de Plagas (REM) de Aapresid, en el marco de un nuevo episodio del Podcast #INTEGRANDO MANEJOS, dialogó con Ing. Agr. Alberto Priano (MP CIAFBA 208), responsable de la comisión de Receta Agronómica Obligatoria del CIAFBA (Colegio de Ing. Agrónomos y Forestales de la Prov. Bs. As.).

 

¿Qué es y para qué sirve una receta de aplicación de fitosanitarios?

La Receta de Aplicación de Fitosanitarios, denominada Receta Agronómica Obligatoria (RAO) en la provincia de Bs. As. “es un documento legal que habilita a un productor a utilizar un fitosanitario”, resumió Priano. En esta receta deben figurar los datos del profesional que prescribe y del productor, el posicionamiento del lote, el cultivo a tratar, el principio activo y la dosis e indicaciones específicas acordes a los requisitos de la legislación provincial bajo la que se realice la aplicación. Toda aplicación dentro del territorio de la provincia de Buenos Aires, incluso en provincias vecinas como Córdoba y Santa Fe, necesita de una receta de aplicación, “si no la tienen, la aplicación es ilegal”, subrayó el profesional.

 

A solicitud del productor, los profesionales agrónomos hacen un diagnóstico de la plaga, maleza o enfermedad y en base a ello se prescribe un tratamiento fitosanitario para controlarla, “similar a cuando uno va al médico y éste le receta un medicamento con indicación de dosis, frecuencia, condiciones especiales para su toma”, comparó Priano. La receta otorga trazabilidad en las aplicaciones, pues contiene información detallada y recomendaciones puntuales sobre cómo debe realizarse la aplicación y bajo qué condiciones climáticas y operativas. 

 

Implicancias y beneficios para profesionales y productores 

“La RAO para el agrónomo es más lo que lo exime que lo que lo perjudica”, remarcó. Si bien el profesional es pura y exclusivamente responsable de lo que prescribe y no puede indicar un producto prohibido o en áreas de exclusión, el productor y el aplicador son los guardianes de la aplicación en sí. Éstos deben respetar las sugerencias de la receta y condiciones para realizar la aplicación y dejarlo asentado en el Acta de Condiciones Técnicas de Trabajo (ACTT). Este documento tiene carácter de Declaración Jurada y es dónde queda escrito cómo se ejecutó la prescripción, senaló. 

Por otra parte, la RAO tiene una vigencia legal de 60 días a partir del día que se la confecciona. “Más allá de eso, lo que se suele hacer es poner una vigencia de prescripción, que se agrega en las recomendaciones para que si la aplicación no se hace por alguna otra cuestión, amerita un nuevo diagnóstico para evaluar una posible nueva prescripción”, explicó. Por ejemplo, “yo fui y diagnostiqué en base a una maleza de tal tamano, y si no es posible aplicar dentro de los siguientes días, seguramente a las 2 semanas con las dosis que recomendé no se la va a poder controlar”. 

 

Sobre el control y cumplimiento de la Ley

El organismo de control es el Ministerio de Asuntos Agrarios de la provincia correspondiente. Si uno está transitando por un camino o ruta en vistas de realizar una aplicación, “deberían solicitar solamente el A remito -que vendría a ser la receta de adquisición en Buenos Aires-, la habilitación del Ministerio, el carnet del operador y/o seguros contra terceros”, precisó. En cambio, si se está haciendo uso de los fitosanitarios en el campo ”hay que tener a mano la receta de aplicación y cuando se termina la aplicación, el productor y el aplicador hacen un cierre en el ACTT, que es dónde queda asentado cómo se ejecutó la prescripción del Ingeniero Agrónomo”.

 

En el caso de aplicaciones de Fitosanitarios en los periurbanos, Priano comentó que existen ordenanzas para las cuales su control está a cargo del Municipio o de fiscalizadores privados. El ingeniero que prescribe dentro de esa zona, al igual que en una zona de conflicto o una zona sensible, debe limitarse a las bandas toxicológicas permitidas por ordenanza. Por su parte, el productor y aplicador deben esperar al fiscalizador, que es el que firma y avala el ACTT y el responsable máximo de la aplicación. En ese sentido, “hay protocolos de fiscalización en muchos municipios que están trabajando muy bien”, destacó. 

 

Nivel de adopción nacional 

“En los últimos dos anos, el número de recetas ha aumentado exponencialmente”. En la provincia de Buenos Aires, la superficie bajo receta es de un 15- 20% “pero con una disparidad muy grande entre partidos”. Mientras que los partidos que son más agrícolas y/o con más conflictividad, tienen bajo receta un 60-70%, los más ganaderos tienen menor cantidad de aplicaciones y por lo tanto menor superficie bajo receta, comentó.

 

En el resto de las provincias la superficie es similar a Bs. As. y con la misma disparidad. “Donde hay mayor demanda social o hay mayor conflictividad el nivel de adopción triplica o cuadriplica el porcentaje provincial”, arrojó. También son variables los requerimientos o sistemas de receta a lo largo del país, algunos son en papel y otros son digitales, entre otras diferencias (ver Tabla 1). También hay una relación entre el crecimiento del área bajo receta de aplicación y las innovaciones en los sistemas productivos, comentó. “Con la nueva tecnología Enlist en soja es muy importante que se tenga una trazabilidad de lo que se aplica y de que se usen productos aprobados para no tener problemas de volatilización de hormonales que afecten a otros cultivos linderos, como algodón”, ejemplificó. Toda esta demanda hace que la superficie bajo receta empiece a ser mucho más grande.

Por último, desde el lado profesional alentó a no tener miedo a prescribir, porque la receta es una incumbencia que se puede hacer con tranquilidad y exime de toda responsabilidad. Existen talleres y capacitaciones para acompanar en este proceso. A nivel productor, en Buenos Aires, Córdoba o Santa Fe, por más que se realicen aplicaciones cumpliendo a rajatabla los estándares de calidad, si no tiene la receta correspondiente la aplicación será ilegal; y si por ejemplo hay una denuncia por deriva y no está hecha la RAO, el primer expuesto será el productor. “Si uno hace las cosas bien, las tiene que demostrar”, concluyó.

 

Tabla 1. Detalle de requerimientos de las recetas agronómicas de algunas de las provincias de Argentina. Para más información se recomienda consultar la legislación y/o contactar al colegio de Ingenieros Agrónomos correspondiente. Fuente: Casafe.



 

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Fuente consultada:

-Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes (Casafe) Receta Agronómica 

 

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